Tal y como se determinó en la nota informativa 1/2020 de la Subdirección General de Autorizaciones de Trabajo, en Cataluña, queda SUPRIMIDA la tasa de trabajo que debía abonarse en la tramitación de autorizaciones de trabajo, o residencia y trabajo presentadas ante la Generalitat de Catalunya.
Los requisitos para estar EXEMPTOS del pago de dicha tasa son que:
- La persona que está obligada a su pago (normalmente el empleador/a) sea persona física.
- Que tenga unos ingresos inferiores a 30.000 euros anuales.
Entonces ¿ como debo acreditarlo?
- Deberá firmarse la declaración responsable en lugar de adjuntar el comprobante de pago de la tasa.